Este régimen de enseñanzas está basado en la asistencia regular y continuada al centro educativo, así como en la participación en las actividades de enseñanzas y aprendizaje programadas para cada uno de los módulos en los que el alumnado se haya matriculado.


1. El horario semanal estará adaptado a la población demandante de estas enseñanzas y será de diecinueve períodos lectivos distribuidos de lunes a viernes, cumpliendo con:

2. Cada periodo lectivo tendrá una duración mínima de cincuenta y cinco minutos efectivos.

3. El número de personas en el alumnado de cada grupo será de un máximo de treinta.


Última modificación: lunes, 29 de julio de 2024, 13:41