Diseño de Inma P.nitas sobre el ODS 5, dedicado a la igualdad de género. Se ve a seis personajes, de distintos géneros y etnias, señalando un cartel con un signo de igualdad.

LGTBIfobia institucional en la educación valenciana

Diseño de Inma P.nitas sobre el ODS 5, dedicado a la igualdad de género. Se ve a seis personajes, de distintos géneros y etnias, señalando un cartel con un signo de igualdad.

Ayer estuve echando un vistazo a algunos disparates legislativos que acaban de aprobarse en Valencia y que afectan a su sistema educativo. Hoy estoy echando un segundo vistazo y me encuentro con que el alumnado LGTBI tiene apartados concretos en la misma ley.

Comencemos:

Artículo 52
Se modifican los apartados 1, 2, 5, 6 y 7 del artículo 24 y el apartado 3 del artículo 25 de la Ley 23/2018, de 29 de noviembre, de igualdad de las personas LGTBI, que queda como sigue:
Uno. Se modifican los apartados 1, 2, 5, 6 y 7 del artículo 24:
«Artículo 24. Actuaciones específicas en los centros educativos

  1. A petición de cada consejo escolar se podrá incluir en el proyecto educativo y en todos los documentos que regulan la vida del centro, la promoción de la igualdad de todas las personas.

Veamos. La versión original decía lo siguiente:

  1. Incluirán, en el proyecto educativo y en todos los documentos que regulan la vida del centro, la promoción de la igualdad en la diversidad y la no discriminación de las personas LGTBI

De momento ya nos podemos olvidar de planes y protocolos contra la LGTBIfobia.

  1. Durante el curso escolar, se garantizará la igualdad en la diversidad y la no discriminación, así como medidas preventivas, de acompañamiento e intervención que dan respuesta a posibles casos de vulneración de derechos o violencia infringida.
    […]

La versión original decía:

2. Integrarán en los respectivos planes de igualdad, convivencia, de acción tutorial, de inclusión y de atención a la diversidad, todas las estrategias pedagógicas y psicopedagógicas a su alcance encaminadas a garantizar la igualdad en la diversidad, la no discriminación hacia las personas LGTBI, así como medidas preventivas, de acompañamiento e intervención que dan respuesta a posibles casos de vulneración de derechos o violencia infringida hacia estas personas.
[…]

Más de lo mismo: se eliminan las menciones al colectivo LGTBI.

  1. Se incluirá en los planes de acción tutorial de las etapas de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional, al menos un programa que fomente el respeto y la igualdad real y efectiva de todas las personas además de la lucha contra la discriminación.

La versión original:

5. Incluirán en los planes de acción tutorial de las etapas de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional, cuando menos, un programa de educación sexual que incluya la diversidad sexual, familiar y de género.

Aquí se acabó la Educación Sexual Integral.

  1. Dentro del plan de formación de cada centro se podrán organizar cursos de formación sobre igualdad real y efectiva de las personas además de la lucha contra la discriminación.

Versión original:

6. Organizarán, dentro del plan de formación del centro, cursos de formación sobre diversidad sexual, familiar, de género y de desarrollo sexual impartidos por personas expertas.

Ni se os ocurra dejar que una persona experta en diversidad LGTBIQ+ imparta una charla sobre el tema en vuestro centro.

  1. Se fomentarán actividades de sensibilización para visibilizar la igualdad real y efectiva de todas las personas además de luchar contra la discriminación.»

Versión original:

7. Fomentarán actividades de sensibilización con la colaboración de colectivos LGTBI y de madres, padres y familiares de LGTBI.

Colectivos y familias LGTBIQ+ abstenerse.

Seguimos leyendo:

Dos. Se modifica el apartado 3 del artículo 25:
«Artículo 25. Actuaciones en el ámbito universitario
[…]

  1. Prestarán atención, protección y apoyo al alumnado, personal docente y personal de administración y servicios que pudiera ser objeto de cualquier tipo de discriminación en el seno de la comunidad universitaria. Al efecto, se trabajará de forma coordinada con los servicios públicos existentes para dar respuesta y acompañamiento a las personas afectadas.»

La versión original:

3. Prestarán atención, protección y apoyo al alumnado, personal docente y personal de administración y servicios que pudiera ser objeto de discriminación por orientación sexual, identidad de género, expresión de género, desarrollo sexual o grupo familiar en el seno de la comunidad universitaria. Al efecto, podrán crear oficinas de atención e información a las personas LGTBI.

Curiosa ley LGTBI en la que no se habla del colectivo LGTBI.

Artículo 53
Se modifica el artículo 38 de la Ley 23/2018, de 29 de noviembre, de igualdad de las personas LGTBI, que queda como sigue:


Único. Se modifica el artículo 38
«Artículo 38. Espai de la Memòria i Llibertat

  1. Se crea el servicio Espai de la Memòria i Llibertat como un servicio público de carácter social, con dimensión cultural, orientado a la promoción de la diversidad, adscrito al órgano directivo competente en la materia.

Versión original:

Artículo 38. Espai de la Memòria LGTBI.

1. Se crea L’Espai de la Memòria LGTBI de la Comunitat Valenciana como un servicio, adscrito a la dirección general con competencias LGTBI, cuyo objetivo es promover y favorecer el conocimiento, el estudio y la investigación sobre la historia del colectivo LGTBI, mediante información bibliográfica y documental. Este Espai de la Memòria LGTBI establecerá lazos de colaboración con el Instituto de la Memoria Democrática.

No van a dejar ni los posters del orgullo en las paredes.

  1. El servicio tiene por objeto la planificación, programación, coordinación, ejecución, evaluación y difusión de actuaciones de carácter cultural, conmemorativo y de sensibilizaciones dirigidas a la promoción de la diversidad en el ámbito de la Comunitat Valenciana. Asimismo, se promoverá el conocimiento, el estudio y la investigación documental sobre la historia y memoria de los colectivos vulnerables que han sufrido históricamente ataques de odio y discriminación, prestando especial atención a la recuperación, preservación y promoción de su legado histórico.

Versión original:

2. L’Espai de la Memòria LGTBI de la Comunitat Valenciana albergará archivos, registros y documentación de diversa tipología, de las organizaciones LGTBI y los sectores LGTBI en general, relacionados con la memoria democrática y la historia de la represión del colectivo LGTBI. Entre sus funciones también estará digitalizar estos fondos y difundirlos.

3. Los fondos documentales depositados en L’Espai de la Memòria LGTBI serán de libre acceso para la ciudadanía.

Más de lo mismo.

  1. El servicio comprenderá la elaboración y desarrollo de una agenda anual, que integrará la programación de actividades vinculadas a efemérides, conmemoraciones y otras iniciativas de interés público, así como la organización de actos, campañas, jornadas, exposiciones y actuaciones análogas. Para el desarrollo de estas actividades, el servicio podrá
    gestionar y custodiar fondos bibliográficos, registros y archivos de diversa tipología aportados por las entidades, garantizando la digitalización, difusión y libre acceso de la ciudadanía a los mismos.

Veamos la versión original:

4. L’Espai de la Memòria LGTBI impulsará y fomentará actividades divulgativas y de investigación relacionadas con la recuperación de la memoria LGTBI e igualmente podrá editar materiales relacionados, fomentando la colaboración con los ayuntamientos, diputaciones y otras entidades administrativas, siguiendo criterios de descentralización y proximidad.

El resto:

  1. En el ejercicio de sus funciones, el servicio garantizará la continuidad de las actuaciones desarrolladas, así como la incorporación de nuevas iniciativas y formatos que contribuyan al cumplimiento de los objetivos de la Dirección General de Diversidad, incluyendo los instrumentos de seguimiento y evaluación correspondientes. Las actividades e investigaciones de carácter conmemorativo y de recuperación de la memoria histórica se articularán bajo criterios de descentralización y proximidad, fomentando la colaboración con los ayuntamientos y diputaciones.
  2. Corresponderá al servicio la coordinación, supervisión y gestión integral de las actuaciones previstas, incluyendo la colaboración con administraciones públicas y entidades sociales y culturales, la planificación de los medios necesarios y el cumplimiento de las obligaciones administrativas derivadas de su ejecución.
  3. Las actuaciones se desarrollarán conforme a los principios de accesibilidad universal, sostenibilidad, igualdad y respeto a la diversidad, garantizando su adecuada difusión a través de los canales institucionales y otros medios. Dentro de las acciones de sensibilizaciones anuales, se incluirán necesariamente iniciativas destinadas a recordar a las personas que
    padecieron discriminación, violencia o persecución por motivos de diversidad, así como al reconocimiento de figuras destacadas en los ámbitos político, artístico, académico o social.
  4. Se podrán establecer mecanismos de colaboración con otras administraciones públicas, universidades, centros de arte, museos y entidades públicas o privadas para el desarrollo de las actuaciones previstas en este artículo.»

No se parece mucho a la versión original:

5. La Generalitat podrá celebrar convenios de colaboración con las universidades, centros de arte y cultura, museos, las organizaciones de la memoria histórica, así como con los colectivos LGTBI de la Comunitat Valenciana, para el cumplimiento de sus objetivos.

6. Desde L’Espai de la Memòria LGTBI también se recordará a las personas LGTBI que fueron perseguidas, torturadas y asesinadas, así como a las que, especialmente en la adolescencia y la juventud, padecieron discriminación y violencia. Así como se homenajeará a aquellas personas LGTBI destacadas en ámbitos políticos, artísticos, académicos o sociales.

En resumen: se ha vaciado tanto de contenido que la ley LGTBI no se refiere a las personas LGTBI. Esto es ridículo.

Y, en fin… Creo que hay más disparates en esta ley. Pero lo dejo para una tercera entrega.


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